La respuesta corta
¿Qué es el Impuesto Global Complementario?
Es el impuesto anual que la ley chilena cobra a la persona natural con domicilio o residencia en el país sobre su renta imponible. Su escala está en UTA: hasta 13,5 UTA queda exenta y desde ahí la tasa sube por tramos. La tasa cae solo sobre la parte que excede el piso de cada tramo, nunca sobre el total.
Esa última frase decide todo, y es la que casi ninguna página escribe bien. El Global Complementario no tiene una tasa por persona: tiene una tasa por pedazo de renta.
Lo que sigue salió del texto de la ley, no de un portal: el sitio del SII no entregó la tabla, así que fuimos al Decreto Ley 824, que la Biblioteca del Congreso Nacional publica íntegro en XML abierto.
La fuente, antes del número
Lo que dice la ley, palabra por palabra
«Se aplicará, cobrará y pagará anualmente un impuesto global complementario sobre la renta imponible determinada en conformidad al párrafo 2 de este Título, de toda persona natural, residente o que tenga domicilio o residencia en el país […] con arreglo a las siguientes tasas.»
Fíjate en dos cosas de esa frase. El impuesto es anual, y el sujeto es quien tiene domicilio o residencia en el país: la ley define la obligación por dónde está la persona, no por dónde está la empresa con la que contrató.
El mismo artículo agrega el techo que se arma por efecto del artículo 14: la tasa que en definitiva se aplique «podrá llegar hasta un máximo de 44,45%».
- DL 824NormaLey sobre Impuesto a la Renta
- 52°Artículo de la escalaahí están los tramos y las tasas
- UTAUnidad de la escalaUnidad Tributaria Anual, no pesos
- 44,45%Tope que nombra la leypor efecto del artículo 14
La escala completa
Los ocho tramos, en UTA
Lee la columna de la izquierda con cuidado: dice «lo que excede», y eso cambia la cuenta entera.
| Parte de la renta, en UTA | Tasa |
|---|---|
| Lo que no excede de 13,5 | Exenta |
| Lo que excede de 13,5 y no pasa de 30 | 4% |
| Lo que excede de 30 y no pasa de 50 | 8% |
| Lo que excede de 50 y no pasa de 70 | 13,5% |
| Lo que excede de 70 y no pasa de 90 | 23% |
| Lo que excede de 90 y no pasa de 120 | 30,4% |
| Lo que excede de 120 y no pasa de 310 | 35% |
| Lo que excede de 310 | 40% |
Ocho tramos, y ninguno dice «si ganas más de tanto, pagas tanto de todo». Todos dicen «sobre la parte que excede». Es una diferencia de dos palabras y de mucha plata.
La cuenta, hecha
Un ejemplo con 35 UTA de renta
Mismo caso, dos cuentas: la de la ley y la que anda circulando por internet.
| Tramo | Cuánto cae ahí | Tasa | Impuesto del tramo |
|---|---|---|---|
| Lo que no excede de 13,5 UTA | 13,5 UTA | Exenta | 0 |
| De 13,5 a 30 UTA | 16,5 UTA | 4% | 0,66 UTA |
| De 30 a 35 UTA | 5 UTA | 8% | 0,4 UTA |
| Total | 35 UTA de renta | — | 1,06 UTA |
La cuenta de la ley da 1,06 UTA. La cuenta equivocada —tomar las 35 UTA completas y aplicarles el 8% del tramo más alto que alcanzaste— da 2,8 UTA: casi el triple, y no es lo que dice el artículo 52.
El mecanismo es siempre el mismo: encuentras el tramo donde cae tu última unidad y sumas hacia atrás. Las primeras 13,5 UTA no pagan nunca, ni siquiera cuando la renta es enorme. Por eso subir de tramo no encarece la plata que ya tenías abajo, y la idea de «si gano un peso más, pierdo» no se sostiene.
Por qué no está en pesos
La escala está en UTA, y la UTA se mueve
La ley no escribió pesos: escribió UTA. La UTA (Unidad Tributaria Anual) es la UTM por doce, y la UTM (Unidad Tributaria Mensual) la publica el SII mes a mes. Así la escala no envejece: se mueve el valor de la unidad y los ocho tramos se recalculan solos.
- $72.151UTM de octubre de 2026unidad mensual, la base de todo
- $865.812UTA de octubre de 2026la UTM del mes, por doce
- $72.440UTM de noviembre de 2026cambió de mes, cambió el valor
- $869.280UTA de noviembre de 2026por eso la fecha va siempre pegada
Un tramo «en pesos» copiado de una página sin fecha es un dato caducado. Si nunca te detuviste a mirar estas unidades, revisa qué son la UTM y la UTA. Qué valor corresponde a una declaración anual concreta no lo respondemos: no leímos fuente del SII que lo fije.
La renta que viene de afuera
Qué tiene que ver esto con una plataforma del exterior
Vuelve a la frase del artículo 52: el impuesto es «de toda persona natural, residente o que tenga domicilio o residencia en el país». La ley lo amarra a tu situación, no a la bandera de la empresa. Por eso «lo de afuera no se declara» no sale del texto de la ley.
Lo que esta página no hace es decirte en qué casilla entra cada ingreso tuyo, con qué tipo de cambio se convierte ni si una plataforma de afuera retiene algo: nada de eso lo leímos en fuente del SII.
Y conviene separar dos conversaciones. Una es tributaria; la otra es de protección: pagar impuestos no pone a nadie a responder por tu saldo. La plataforma que promocionamos la opera THUNDER FLASH LLC, de Nevis, con pagos procesados por THUNDER FLASH CY LTD, de Chipre, y no está supervisada por la Comisión para el Mercado Financiero ni inscrita en el registro que esa Comisión lleva. El detalle, en esta otra página.
Exporta cada mes el historial de operaciones y guarda los comprobantes de depósito y de retiro con el tipo de cambio de cada movimiento. Si pierdes el acceso a la cuenta, el historial se va con él.
Sin fuente, sin número
Dónde esta página se detiene
Es más útil saber qué no está confirmado que leer un plazo inventado.
- Plazo de la declaración anual: no leímos la página del SII que lo fija.
- Nombre y número del formulario: dato de procedimiento; se consulta en el SII.
- Multas y sanciones: se expresan en UTM y las fija la norma; no transcribimos un monto que no leímos.
- Cómo clasificar cada ingreso: lo resuelve un contador con tus movimientos a la vista.
- Crédito por impuestos pagados afuera: la figura existe; su cálculo no lo describimos sin fuente.
- Reglas de domicilio y residencia: tienen requisitos propios y cambian todo lo demás.
No es asesoría tributaria
Es una lectura del texto de la ley. Tu declaración la responde quien la prepara.
No es un calendario
Acá no hay fechas de vencimiento: las publica el SII.
No convierte la escala a pesos
La unidad se mueve cada mes; un tramo en pesos sin fecha es dato muerto.
No dice que declarar vuelva segura una plataforma
Pagar impuesto no pone a ninguna entidad chilena a responder por tu saldo.
No afirma que haya retención chilena afuera
No leímos fuente del SII sobre eso: no decimos que exista ni que no exista.
No es el sitio oficial
Es un sitio independiente de divulgación, de afiliado. El oficial de la corredora es safirion.com.
Para cerrar
Las tres frases que vale la pena recordar
Una: el impuesto es progresivo por tramo y la tasa cae solo sobre lo que excede el piso. Dos: la escala está en UTA y toda conversión a pesos lleva fecha. Tres: la obligación nace de tu domicilio o residencia en el país, no del país de la plataforma.
Si el monto que mueves es relevante, la conversación que resuelve tu caso es con el SII o con un contador. Operar con instrumentos apalancados implica riesgo de perder el capital invertido.




